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¿Qué hacer en los siguientes casos?

Fallecimiento Natural en Domicilio

Si la persona padecía alguna enfermedad terminal o contaba con algún historial clínico que avale las causas de su defunción acudir con el médico tratante o médico de confianza familiar para que expida el certificado médico de defunción.

Reunir la documentación legal del finado:

  1. Acta de nacimiento
  2. Acta de matrimonio (en caso de ser casado)
  3. Identificación oficial (INE, Pasaporte, etc.)

Si en el domicilio ocurre una muerte súbita sin causa aparente o por accidente se tendrá que notificar a las autoridades pertinentes (Ministerio Público) para que determine el médico legista las causas de muerte y si hay o no delito que perseguir.


Nota:
 Si la averiguación previa determina algún delito o queda abierta la averiguación no podrá ser cremado un cuerpo, solo si la autoridad lo permite.

Fallecimiento en Hospital

1. Solicitar el Certificado de Defunción al médico tratante o a la Jefatura de Trabajo Social, o bien en el área designada por el hospital.

2. Entregar copia de identificación oficial (CURP, No. IMSS, ISSSTE, ISSSTEP), acta de nacimiento del finado(a), comprobante de domicilio e identificación del declarante para la elaboración del certificado médico de defunción, una vez obtenido el certificado médico de defunción llamar a Cristo Rey Velatorios para el rescate del cuerpo a sus instalaciones preparando los servicios funerarios que la familia decida.

Fallecimiento Accidental

1. Interviene Ministerio Público, Servicio Médico Forense y Autoridades involucradas.

2. Presentarse al Ministerio Público donde fue levantada la diligencia, solicitar un permiso para acudir a identificar a su familiar en SEMEFO, una vez confirmado que se trata de la persona que busca presentarse ante el Ministerio Público para la declaratoria de hechos acreditando el parentesco ante la autoridad con su identificación oficial y acta de nacimiento.

3. Solicitar la entrega de cadáver (la autoridad entregará los oficios de liberación dirigido al servicio médico forense y registro civil) el médico legista entregará el certificado médico de defunción al familiar declarante y el cuerpo a Cristo Rey Velatorios para poder dar inicio con un excelente servicio funerario integral.

Nota: Cristo Rey Velatorios puede asesorarte con las gestiones correspondientes ante el Ministerio Público que lleve el caso.

Fallecimientos fuera de Puebla

Deberá contratar los servicios de una funeraria local para hacerse cargo del rescate del cuerpo, embalsamado, trámites legales y traslado a la Cd. de Puebla con un ataúd económico si va a ser cremación o si es inhumación con un ataúd definitivo.

Nota: Si lo que desea es cremar en la Cd. de Puebla, la funeraria que hará el traslado tendrá que ponerse en contacto con Cristo Rey Velatorios para realizar la cremación para que en el momento de efectuar los trámites legales (acta de defunción y orden de traslado) vaya dirigido a CREMATORIO ECOLÓGICO CRISTO REY.

Fallecimientos fuera de México

1. Deberá ponerse en contacto con su médico tratante y la autoridad del país de residencia así como la asistencia de la embajada de México para que un representante del consulado los asista con los trámites consulares y repatriación del cuerpo a la ciudad de México a través de una agencia de servicios funerarios local en ese país.

2. Los familiares deberán ponerse en contacto con Cristo Rey Velatorios para solicitarle a la funeraria del país de repatriación la información necesaria y los datos que tendrán que llevar, los documentos y tipo de servicio que será (INHUMACIÓN O CREMACIÓN) en los trámites del destinatario que será Cristo Rey Velatorios, tendrá que llevar el nombre del responsable que Cristo Rey Velatorios designe para que recoja el cuerpo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y ser trasladado a la Cd. de Puebla.

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