Asesoría y trámites funerarios en Puebla
Te guiamos paso a paso

Cuando pierdes a alguien, el papeleo no debería ser otra carga. En Cristo Rey gestionamos los trámites municipales por ti y te orientamos en cada documento que necesitas.

Gestión de trámites municipales incluida
Asesoría personalizada
Registro PROFECO 4460-2018
Atención 24/7

¿Qué trámites funerarios gestiona Velatorios Cristo Rey por la familia?

Velatorios Cristo Rey gestiona por ti los trámites funerarios municipales: el acta de defunción ante el Registro Civil y el permiso de inhumación o cremación. Estos trámites están incluidos en todos los planes de previsión y servicios inmediatos, tú no tienes que ir a ninguna oficina de gobierno.

Acta de defunción

Realizamos el trámite ante el Registro Civil de la localidad para obtener el acta de defunción oficial, que es el documento legal que certifica el fallecimiento ante el gobierno.

Permiso de inhumación o cremación

Gestionamos el permiso municipal necesario para que el cuerpo pueda ser sepultado o cremado. Sin este documento no es posible proceder con el destino final.

Coordinación con autoridades

Si la situación lo requiere (fallecimiento por accidente, en vía pública o circunstancias especiales), nos coordinamos con las autoridades correspondientes para facilitar el proceso.

¿Qué documentos necesita reunir la familia cuando alguien fallece?

Cuando alguien fallece, la familia necesita reunir cinco documentos clave: el certificado médico de defunción (que emite el médico o la institución de salud), la identificación oficial del fallecido, su acta de nacimiento y CURP, el acta de matrimonio si aplica, y la póliza o contrato de previsión si existe. Tenerlos listos desde el inicio agiliza todo el proceso.

Certificado médico de defunción

Es el documento médico que certifica la causa y el hecho del fallecimiento. Lo emite el médico tratante o la institución de salud correspondiente (IMSS, ISSSTE, ISSSTEP, hospital privado). En caso de muerte por accidente o violencia, lo emite el Ministerio Público.

Identificación oficial del fallecido

INE o pasaporte vigente. Es necesario para todos los trámites legales y administrativos.

Acta de nacimiento y CURP

Documentos básicos de identidad que se requieren para el Registro Civil y trámites posteriores.

Acta de matrimonio (si aplica)

Necesaria cuando se van a realizar trámites de pensión, seguro de vida o procesos sucesorios del cónyuge.

Póliza o contrato de previsión (si existe)

Si la persona contaba con un plan de previsión Cristo Rey, ten a la mano el contrato para activar los servicios de inmediato.

¿Cuál es la diferencia entre el certificado médico de defunción y el acta de defunción?

El certificado médico de defunción y el acta de defunción son dos documentos distintos pero complementarios: el certificado médico es emitido por un médico o institución de salud y certifica la causa del fallecimiento; el acta de defunción es emitida por el Registro Civil y oficializa el hecho ante el gobierno. Velatorios Cristo Rey gestiona el acta de defunción por ti; el certificado médico lo gestiona la familia en la institución correspondiente.

Certificado Médico de Defunción Acta de Defunción
¿Qué es? Documento médico que certifica la causa del fallecimiento. Documento legal del Registro Civil que oficializa el hecho.
¿Quién lo emite? Médico tratante, hospital o Ministerio Público. Registro Civil de la localidad.
¿Quién lo gestiona? La familia (en la institución de salud correspondiente). Cristo Rey lo tramita por ti.
¿Para qué sirve? Para iniciar trámites funerarios y solicitar el acta de defunción. Para trámites legales, bancarios, seguros, pensiones y herencias.
Plazo Debe emitirse de forma inmediata tras la certificación. Se debe tramitar dentro de las primeras 24 horas.

¿Por qué conviene tener asesoría profesional en trámites funerarios?

Cuando pierdes a alguien, tomar decisiones administrativas se siente imposible. Los plazos corren, las oficinas tienen horarios y cada institución pide documentos diferentes.
En Cristo Rey acompañamos a familias en este proceso todos los días. Sabemos qué se necesita, en qué orden y ante quién. No improvisamos, coordinamos.

Conocimiento real del proceso

Conocemos cada paso del proceso en Puebla. Sabemos qué piden, dónde y en qué plazos.

Registro PROFECO
4460-2018

Operamos bajo la NOM-036-SCFI-2016, la norma que regula los servicios funerarios en México. Tu respaldo legal.

Incluido en todos nuestros planes

La gestión de trámites municipales no es un extra, está incluida en cada plan de previsión y servicio inmediato.

Preguntas frecuentes sobre trámites funerarios

Gestionamos los trámites municipales: el acta de defunción ante el Registro Civil y el permiso de inhumación o cremación. Estos trámites están incluidos en todos nuestros planes de previsión y servicios inmediatos.

No. El certificado médico de defunción es responsabilidad de la familia. Debe obtenerse en la institución de salud correspondiente: hospital, IMSS, ISSSTE, ISSSTEP o, en caso de muerte por accidente o violencia, a través del Ministerio Público. Nosotros te orientamos sobre cómo obtenerlo.

El certificado médico de defunción es un documento médico que certifica la causa del fallecimiento (lo emite un médico o institución de salud). El acta de defunción es un documento legal del Registro Civil que oficializa el hecho ante el gobierno. Ambos son necesarios; Cristo Rey gestiona el acta de defunción por ti.

El Registro Civil comúnmente entrega el acta de defunción en un lapso de 24 horas. El trámite debe iniciarse dentro de las primeras 24 horas tras el fallecimiento para evitar procesos extemporáneos.

En casos de muerte por accidente, violencia o circunstancias que requieran intervención de autoridades, el certificado médico de defunción lo emite el Ministerio Público. Cristo Rey se coordina con las autoridades correspondientes para facilitar el proceso y los trámites posteriores.

Sí. Todos nuestros planes, tanto Capillas Cristo Rey como Capillas Premium, incluyen la gestión de trámites municipales (acta de defunción y permiso de inhumación o cremación) y la asesoría para que la familia sepa qué documentos necesita reunir.

Sí. Si necesitas orientación sobre los trámites tras un fallecimiento, puedes comunicarte con nosotros. Nuestra línea de atención está disponible las 24 horas al (222) 240-9040 o (222) 237-0880.

¿Necesitas orientación sobre los trámites?

Estamos disponibles las 24 horas para asesorarte. Te explicamos qué necesitas, en qué orden y nos encargamos de lo que podemos resolver por ti.
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